Asamblea Nacional y MPComunas y Protección Social articulan debates en las comunidades
Poder Popular detecta amplitud en Reforma de Ley de Consejos Comunales
Caracas, 10 de julio de 2009. “El Proyecto de Reforma de Ley de los Consejos Comunales amplía el ámbito de acción de los Consejos Comunales con respeto a la ley vigente porque nos reconoce como una figura jurídica revolucionaria, como sujeto de derecho, autónomos, y nos aclara que todo lo que toque el Consejo Comunal en el territorio es comunitario”, opinó la vocera del Consejos Comunal Simón Bolívar, sector número 3, del municipio Naguanagua, estado Carabobo, Roxana Muñoz.
Desde el mes de mayo los integrantes de estas instancias populares, que suman más de 30 mil Consejos Comunales de todo el país, debaten en mesas de trabajo los 57 artículos propuestos en el Proyecto de Reforma de la Ley de los Consejos Comunales, aprobado en mayo pasado en Primera Discusión por la Asamblea Nacional (AN).
Las organizaciones sociales de base con el apoyo del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social (MPC y PS), a través de la Fundación para el Desarrollo y Promoción del Poder Comunal (Fundacomunal), en conjunto con la Comisión de Participación Ciudadana de la AN, son las instancias encargadas de fomentar el debate y los aportes en las comunidades de la nueva geometría territorial.
En este sentido, el Coordinador del bloque parlamentario de Anzoátegui, Luis Sánchez, destacó que esta reforma “amplía la definición de los Consejos Comunales como figura jurídica y los principios que orientan su gestión; además de incorporar parte del contexto constitucional que identifica la democracia participativa y protagónica, conceptos que le otorgan poder al pueblo organizado de forma jurídica".
Explicó el diputado Rafael Delgado, Presidente de la Subcomisión de Atención a los Consejos Comunales y Comunas de la AN, que los Consejos Comunales bajo el nuevo marco jurídico se fortalecerán como instancias de articulación e integración entre los ciudadanos y ciudadanas, las diversas organizaciones comunitarias, y los movimientos sociales y populares.
Tal vinculación le permitirá al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario, de manera directa, creando así políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de sus sectores, agregó el diputado Delgado.
El Pueblo Opina
El Proyecto de Reforma de La Ley de los Consejos Comunales propone 57 nuevos artículos, cuyo primer elemento novedoso es la Ampliación de la visión del Consejo Comunal.
Gilmara Rosa, facilitadora por parte del MPC y PS del estado Anzoátegui, sostuvo que se "ha ampliado el ámbito de acción de los Consejos Comunales con respeto a la ley vigente y estamos dando algunos aportes para mejorar la propuesta de reforma que se entregará a finalizar la consulta nacional a la AN".
Por su parte, Cristian Cabezas, vocero de la escuela de formación del estado Anzoátegui, opinó que nuestra misión “es que los Consejos Comunales comprendan que ellos son una figura jurídica revolucionaria, que son sujeto de derecho, son autónomos, que todo lo que toque el Consejo Comunal en el territorio es comunitario y está referido a las comunidades".
El segundo aspecto que contempla la Reforma de Ley de los Consejos Comunales es la Sustitución de la figura cooperativa Banco Comunal por la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria.
Al respecto, Yaqueline Ávila, vocera del Consejo Comunal “Emiliano Hernández”, ubicado en la parroquia Catia en Caracas, refirió que “la comunidad consideró importante que el Banco Comunal debe incluir a los tres voceros que lo conforman, un vocero por contraloría social y uno de la unidad ejecutiva, pues así existirá un mayor control de los recursos otorgados a la entidad financiera”.
En esta unidad además se fusionan la unidad administrativa y la unidad gestora, “con lo cual se le da horizontalidad y hegemonía real”, destacó la vocera del Consejos Comunal Simón Bolívar, estado Carabobo, Roxana Muñoz.
“Esta transformación del término capitalista (banco) al término de participación real (unidad) le da seguridad a la gente, dejamos atrás ese término que connota ambición y poder”, con esto estoy de acuerdo porque este cambio de estructura de banco a unidad incide en la psiquis de la gente, añadió.
Otro cambio que propone el estamento jurídico es el carácter permanente a la Comisión Electoral, que hasta ahora (con la Ley aún vigente) sólo se activa al momento de hacer elecciones después de dos años. Ahora con esta nueva Ley el carácter permanente de dicha comisión garantiza la legitimidad de la gente que se nombra responsable, porque en cualquier momento es posible el cambio de uno o varios voceros, detalló Muñoz.
Los miembros de la Comisión Electoral no pueden ser los mismos voceros de las mesas técnicas. “Esto es positivo e importante siempre y cuando se respete la Ley, inicialmente para que ningún vocero sea designado a dedo, por ejemplo. Cada miembro de la Comisión Electoral debe representar la voluntad de la comunidad”, acotó.
Este elemento jurídico reincide en el Revocatoria de voceros o voceras del Consejo Comunal (causales y procedimiento), además de las sanciones. “Esta Comisión Electoral hace pública la solicitud de la comunidad para consultar el revocatorio de uno, varios o todos los voceros. Ahora, con la nueva Ley, tal solicitud de revocatoria se hace a través de la Comisión Electoral Permanente.
“Una vez que se presente la propuesta de revocatoria ante la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas, en la cual se reúne el 10% de las firmas, se solicita a la Comisión Electoral permanente ele ejecútese del revocatorio. A partir de allí la Comisión abre las postulaciones para el reemplazo y fija la fecha de elección”, explicó la vocera Muñoz.
En cuanto al ciclo comunal como proceso de participación, éste brinda la posibilidad de transformar las comunidades desde la consolidación de cada Consejos Comunal como instancias de organización donde se impulsa la democracia participativa y protagónica, explicó Roxana Muñoz.
“Necesitamos dejar de depender de las instancias gubernamentales y lograr autonomía como Poder Popular para dar respuesta inmediata a nuestra gente, a cada vecino. Este aspecto del Ciclo Comunal siempre ha estado sobreentendido y es lo que se debe consolidar y aclarar”, expresó.
Existe un cuestionamiento en cuanto a la Creación del Colectivo de Coordinación Comunitaria como instancia de articulación y funcionamiento de las unidades del Consejo Comunal, es decir “hacer un pequeño Consejo Comunal dentro del mismo Consejo Comunal, al respecto indicó que “...es una objeción que hacemos, porque le inyectas burocracia a la organización popular”.
De esto surgen la pregunta: ¿Para qué existe entonces la Contraloría?, cuya responsabilidad es cuestionar los procesos, supervisarlos y comprobarlos, dijo Roxana Muñoz.
La reforma de la Ley de los Consejos Comunales permitirá consolidar la gestión comunal que implica la transferencia absoluta del poder al pueblo para dar cumplimiento de las políticas comunitarias, base de las Comunas Socialistas en función del Plan Nacional Simón Bolívar.
Las jornadas de consulta se realizan de manera simultánea en todo el país con el fin de recopilar las observaciones de los Consejos Comunales, incluyendo indígenas, a la discusión de los artículos que la Subcomisión de Atención a los Consejos Comunales y Comunas de la AN elaboró y presentó en un anteproyecto.
Las observaciones del Poder Popular serán presentadas ante la AN a finales del mes de julio.
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