01 de Diciembre de 2009
CARTA SOCIALISTA DE NAVEGACION No. 44
Saludos compatriotas donde quiera que el proceso revolucionario los tenga ocupados a favor de la construcción de la nueva patria, la patria socialista bajo la ORIENTACION del Estado Social - Comunal.
Hoy vamos a tocar un tema sumamente interesante por lo del proceso de consolidación y fortalecimiento del poder popular, siento que muchos de nosotros los que estamos dentro del viejo Estado capitalista liberal burgués, por ser funcionarios publico, ni siquiera hemos hecho el esfuerzo de convertirnos en SERVIDORES PUBLICOS, no hemos entendido, o no queremos entender que al poder popular, sus manifestaciones colectivas que son sus organizaciones debemos cuidarlas y protegerlas, esto lo digo motivado a que a la Asamblea Nacional particularmente a la sub – comisión de atención de los Consejos Comunales y a las mesas de atención que se montan en los Estados, nos llegan muchas quejas de los veceros y voceras de los Consejos Comunales, quejas que reflejan en el planteamiento, un mal trato y desconsideración de parte de funcionarios públicos, que por la filosofía de las instituciones del Estado que dirige Hugo Chávez, deberían comportarse de otra manera, alguien preguntara ¿ y de que manera? simplemente ACOMPAÑNDO y PROTEGIENDO LA SOBERANIA POPULAR, reflejada en las organizaciones del poder popular, especialmente, LOS CONSEJOS COMUNALES.
Muy rápido voy a explicar una teoría bien importante sobre la soberanía popular, para que los funcionarios y servidores públicos no pierdan el rumbo en su actuar revolucionario y ayuden al comandante Hugo Chávez a lograr los supremos objetivos del proceso revolucionario y, no por el contrario faciliten el quiebre del mismo, revisando un libro escrito por LOLYMAR HERNANDEZ CAMARGO, titulado EL PROCESO CONSTITUYENTE VENEZOLANO DE 1999, pude apreciar la teoría que resumo a continuación.
Dice la autora, “ Que en el constitucionalismo venezolano se ha reconocido históricamente, junto con la consagración de los derechos, LA SOBERANIA POPULAR, así, la primera constitución, la de 1811señala que: LA SOBERANIA DE UN PAIS, O SUPREMO PODER DE REGLAR O DIRIGIR EQUITATIVAMENTE LOS INTERESES DE LA COMUNIDAD, RESIDE, PUES, ESENCIAL Y ORIGINARIAMENTE EN LA MASA GENERAL DE SUS HABITANTES Y SE EJERCITA POR MEDIO DE SUS APODERADOS O REPRESENTANTES DE ESTOS, NOMBRADOS Y ESTABLECIDOS CONFORME A LA CONSTITUCION, fíjense que nos estamos refiriendo nada mas y nada menos, que a la primera Constitución Federal para los Estados de Venezuela, sancionada por el congreso, en Caracas el 21 de Diciembre de 1811. Este principio constitucional, con algunas modificaciones políticas se ha venido manteniendo a lo largo y ancho de los 26 textos constitucionales que ha tenido La República de Venezuela, hoy REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y pronto con el favor de dios REPUBLICA SOCIALISTA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Con esto queda establecido perfectamente, no hay duda por dios, no tenemos que tener dudas de esto, “ AL PUEBLO PERTENECE EL PODER CONSTITYENTE PUESTO QUE EN EL RESIDE LA SOBERANIA, LA CONSTITUCION BASA EN EL PRINCIPIO DEMOCRATICO SU LEGITIMACION ” termino esta parte, dando como referencia la definición de SOBERANIA introducida por JUAN BODINO ( 1530 – 1596 ) quien se refiere a la soberanía como EL PODER ABSOLUTO Y PERPETUO DE LA REPUBLICA, de forma tal que la caracterización que define AL SOBERANO viene a radicar en que no esta SUJETO A NINGUN PODER SUPERIOR.
Esto obliga a reconocer junto a la autora, que en un Estado Constitucional y yo le agrego de razón socialista y de orientación democrática participativa y protagónica, EL SOBERANO SERA EL PUEBLO Y NO EL PRINCIPE, refiriéndose al gobernante y sus equipos de gobierno, con lo del príncipe. Con esto se esta reconociendo al pueblo organizado como un cuerpo unitario e indivisible, con capacidad jurídica para ejercer el poder, para expresar su voluntad soberana en todos los asuntos públicos donde de manera directa se toquen sus territorios, para esto la comunidad se debe organizar y hacer regir el principio de LAS MAYORIAS como regla determinante en la toma de decisiones comunes, LA CUAL DEBE SER VINCULANTE A LOS ORGANOS DEL ESTADO.
En otras palabras, HAY QUE RESPETAR LAS DECISIONES QUE TOME EL PUEBLO EN EJERCICIO DEL PODER SOBERANO, EN SUS ASAMBLEAS DE CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE PARA LOS CONSEJOS COMUNALES, ES SU MAXIMA AUTORIDAD.
El comandante Hugo Chávez, en su rol de orientador popular, uno de sus magistrales discursos para magnificar el Poder Popular, expreso lo siguiente:
“El Poder Popular es la clave fundamental para reconstruir la República”
Patria, Socialismo o Muerte
Rafael Antonio Delgado Camejo
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